Todas aquellas enfermedades que el empleado contraiga a partir de la realización de sus obligaciones laborales, que no estén estipuladas en la clasificación de enfermedades profesionales u ocupacionales. e) Las enfermedades, no calificadas expresamente como enfermedades profesionales, que contraiga la persona trabajadora con motivo de la realización de su trabajo, https://israelzvlcs.canariblogs.com/indicadores-sobre-ministerio-de-trabajo-accidentes-laborales-que-debe-saber-53674559